Introducción
Obtención del producto
Estructura de control
Etiquetado
Legislación
Direcciones
D.O. del Jamón Ibérico
ETIQUETADO
Las etiquetas comerciales, propias de cada firma inscrita, deben ser aprobadas por el Consejo Regulador.

Figurará obligatoriamente en ellas la mención: Denominación de Origen ó Específica.

El producto destinado al consumo irá provisto de precintos y contraetiquetas numerados y expedidos por el Consejo Regulador, que serán colocadas en la industria inscrita y siempre que no permita una nueva utilización de los mismos.


Textos recogidos de la web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.