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Obtención del producto
Estructura de control
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D.O. del Jamón Ibérico

ESTUCTURA DE CONTROL
El control de la Denominación de Origen o Específica corresponde a su Consejo Regulador, órgano profesional formado por representantes del sector productor y elaborador y cuya constitución es la siguiente:
  • Un Presidente
  • Un Vicepresidente
  • Vocales en representación del sector productor -Vocales en representación del sector elaborador -Vocales técnicos con especiales conocimientos sobre su manejo y elaboración, designados por las administraciones competentes.

    Los vocales del Consejo son elegidos por sufragio, cada cuatro años, entre los inscritos en los correspondientes registros del sector productor y elaborador respectivamente.

    Ambito de competencias

  • En lo territorial: Por la zona de producción.
  • En razón de los productos: Por los protegidos por la Denominación de Origen o Específica en cualquiera de sus fases.
  • En razón de la personas: Por las inscritas, personas físicas o jurídicas en los diferentes Registros.

    Funciones

  • Elaborar y controlar los diferentes registros.
  • Orientar, vigilar y controlar la producción, acondicionamiento y calidad. Los servicios de Control y vigilancia se realizan por Inspectores habilitados por la Administración correspondiente que actúan de forma imparcial respecto de los productores y elaboradores.
  • Calificar el producto.
  • Promocionar y defender la Denominación de Origen o Específica.
  • Resolver los expedientes sancionadores por incumplimiento del Reglamento.
  • Actuar con plena responsabilidad y capacidad jurídica para obligarse y comparecer en juicio, ejerciendo las acciones que le correspondan en su misión de representar y defender los intereses generales de la Denominación.


  • Textos recogidos de la web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.