Introducción
Obtención del producto
Estructura de control
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Direcciones
D.O. del Jamón Ibérico
ESTUCTURA DE CONTROL
El control de la Denominación de Origen o Específica corresponde a su Consejo Regulador, órgano profesional formado por representantes del sector productor y elaborador y cuya constitución es la siguiente:
Un Presidente
Un Vicepresidente
Vocales en representación del sector productor -Vocales en representación del sector elaborador -Vocales técnicos con especiales conocimientos sobre su manejo y elaboración, designados por las administraciones competentes.
Los vocales del Consejo son elegidos por sufragio, cada cuatro años, entre los inscritos en los correspondientes registros del sector productor y elaborador respectivamente.
Ambito de competencias
En lo territorial: Por la zona de producción.
En razón de los productos: Por los protegidos por la Denominación de Origen o Específica en cualquiera de sus fases.
En razón de la personas: Por las inscritas, personas físicas o jurídicas en los diferentes Registros.
Funciones
Elaborar y controlar los diferentes registros.
Orientar, vigilar y controlar la producción, acondicionamiento y calidad. Los servicios de Control y vigilancia se realizan por Inspectores habilitados por la Administración correspondiente que actúan de forma imparcial respecto de los productores y elaboradores.
Calificar el producto.
Promocionar y defender la Denominación de Origen o Específica.
Resolver los expedientes sancionadores por incumplimiento del Reglamento.
Actuar con plena responsabilidad y capacidad jurídica para obligarse y comparecer en juicio, ejerciendo las acciones que le correspondan en su misión de representar y defender los intereses generales de la Denominación.
Textos recogidos de la web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.